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DERECHOS HUMANOS Y MERCURIO

PRESENTACIÓN

Esta página web forma parte del proyecto de investigación “Impactos socioambientales de la minería en Pueblos Indígenas y Comunidades Ribereñas en la Amazonía” que es financiado por el Programa Nacional de Cooperación Académica en la Amazonía (PROCAD – Amazônia – Circular N° 21/2018) de la Coordinación de Personal de Nivel Superiores (CAPES).

La contaminación del aire, suelo y agua por mercurio es un problema global. En Brasil, esta es una de las más graves. problemas ambientales y de salud pública y, paradójicamente, los más olvidados en regiones remotas como Amazonas. En la minería aurífera artesanal y en pequeña escala, el proceso de separación del oro de los sedimentos de arena y grava extraídos del río utiliza mercurio de forma extensiva. Este proceso, conocido cómo la amalgamación puede liberar desechos contaminados con mercurio en la naturaleza. El consumo de pescado contaminado con mercurio es la principal causa de exposición de las poblaciones amazónicas al mercurio. mercurio, ya que es la principal fuente de alimento para ellos. Cuando el mercurio se deposita en los tejidos humanos, se presentan lesiones graves e irreversibles, afectando más gravemente a trabajadores mineros, niños, mujeres en edad fértil, mujeres embarazadas y, a través de ellas, las generaciones futuras. Estudios recientes también han demostrado escenarios de exposición aguda en áreas donde hay proyectos a gran escala. escala, como las represas hidroeléctricas y la deforestación. Además, el medio ambiente contaminado por mercurio es reparación difícil.

El Programa de Posgrado en Derecho Ambiental y la Clínica de Derechos Humanos y Derecho Ambiental de Universidad Estatal de Amazonas en colaboración con Benjamin B. Ferencz Human Rights and Atrocity Clínica de Prevención de la Facultad de Derecho Benjamín N. Cardozo han desarrollado esta página web porque creen que difusión de información sobre las graves consecuencias para la salud humana y el medio ambiente derivadas de exposición al mercurio, puede contribuir a reducir los riesgos de intoxicación, enfermedad y degradación ambiental. Muchas personas no son advertidas sobre la exposición al mercurio y sus consecuencias, por lo que es importante informarles sobre los resultados de la investigación y educarlos con pautas para prevenir envenenamiento por mercurio (por ejemplo, para disminuir el consumo de pescado carnívoro o para comer más frutas tropicales, entre otras alertas.

Por ello, esta página web pretende dar una amplia difusión a los resultados y productos de la investigación. desarrollado no sólo en este proyecto, en un lenguaje accesible al público en general, sino también de las acciones y Iniciativas de los miembros de la Asociación Mundial sobre el Mercurio del PNUMA en el sector de la minería artesanal y en pequeña escala Escala, así como otros científicos, laboratorios y centros de investigación que trabajan en esta área alrededor del mundo. mundo.

INVENTARIO DE VIOLACIONES

Los efectos nocivos del mercurio sobre la salud humana y la naturaleza se traducen en una serie de violaciones de un conjunto interconectado de derechos humanos, como el derecho a la vida, a un medio ambiente sano, a la agua y saneamiento, alimentación adecuada, vivienda, salud, ocio, cultura y trabajo, todos los cuales son ampliamente reconocidos en el marco normativo del derecho internacional de Derechos Humanos.

Así como los derechos humanos son indivisibles e interdependientes, las violaciones de los derechos humanos también lo son. La exposición humana y la degradación ambiental causada por la liberación de mercurio en el suelo, el agua y el aire son fenómenos capaces de generar violaciones a los derechos humanos en múltiples dimensiones de los derechos simultáneamente. civiles, políticos, económicos, sociales, los derechos culturales y ambientales, que son las categorías más conocidas de derechos humanos, se ven afectados en individual o colectivamente debido a los efectos nocivos del mercurio en los seres humanos y la naturaleza.

El mercurio causa daños irreparables a los humanos y al medio ambiente en su conjunto. Pero hay grupos vulnerables especialmente expuestos como los pueblos indígenas y las comunidades ribereñas, mineros, mujeres embarazadas o en edad fértil y niños. Además, el uso de mercurio es capaz de de causar un daño irreparable a las generaciones futuras no sólo por el daño que puedan causar al feto, sino también por la difícil reparación del medio ambiente degradado.

Esta sección busca hacer una analogía con el Inventario Nacional de Emisiones y Fuentes de Mercurio que recopila datos químicos y ambientales sobre la liberación de mercurio en el medio ambiente, información sobre violaciones de los derechos humanos causadas por la contaminación del suelo con mercurio, aire y agua en la salud humana y el medio ambiente en sus múltiples e interconectadas dimensiones.


Toda persona tiene derecho a vivir en un ambiente no tóxico. El uso de mercurio en la minería destruye la ambiente alrededor del sitio minero, contaminando el agua, el aire y el suelo. las comunidades a alrededor de los sitios mineros no pueden disfrutar de su derecho a un medio ambiente sano, tóxico y sostenible.


El uso de mercurio en la minería provoca efectos adversos en la salud, especialmente para los grupos vulnerables ​​y personas marginadas, como pueblos indígenas, comunidades ribereñas, mujeres embarazadas o de la tercera edad fértiles y niños. La exposición humana al mercurio causa varios problemas de salud, tales como, cambios en el crecimiento intelectual y físico de los niños, presión arterial alta, enfermedades cardíacas y infarto, cambios en el feto y los bebés a través de la placenta y la lactancia, dificultades del habla, sensación de hormigueo, problemas de visión, pérdida de audición, alteración de los sentidos, sensibilidad en los pies y las manos, mareos y dolores de cabeza.

El derecho a la salud exige un trato no discriminatorio, especialmente en lo que se refiere al acceso de las poblaciones más vulnerables y marginadas en regiones remotas de la Amazonía a la asistencia médico. También requiere el establecimiento de programas de educación para la salud. y el medio ambiente y el seguimiento de las zonas más afectadas por la contaminación por mercurio para la medición de niveles de contaminación en agua, peces y personas.


Los Estados tienen la obligación de garantizar agua potable y alimentos seguros para sus ciudadanos. LA El derecho a la salud es un derecho que comprende no sólo la atención oportuna y adecuada de la salud, sino también los determinantes de la salud, como el acceso al agua potable y al saneamiento básico, y provisión de alimentos nutritivos, adecuados e inocuos. El mercurio contamina el agua y los peces de la cuenca amazónica.


El uso de mercurio contamina los alimentos básicos de la población cuando es desechado y manipulado en manera inapropiada. En la región amazónica, el derecho a la alimentación saludable es innegablemente vulnerado como ese pescado, que es la principal fuente de proteína para las comunidades ribereñas y los pueblos tradicionales termina contaminado.

Este proceso de contaminación ocurre cuando se vierte mercurio en el agua y se mezcla con sedimentos del lecho de los ríos, contaminando luego las algas y las plantas, y en consecuencia toda la cadena alimentar. Así, el mercurio viaja a través de la cadena alimenticia a través de los peces que se alimentan de estos algas y peces que se alimentan de peces que se alimentan de estas algas. El mercurio luego pasa ser absorbido por el cuerpo humano y acumularse cada vez que se come pescado contaminado. LA El consumo de estos pescados contaminados expone a la salud humana a graves riesgos, que antes eran mencionado en el ítem sobre la vulneración del derecho a la salud.

Además, es obligación de los Estados buscar soluciones y alternativas al uso del mercurio y así evitar que las fuentes primarias de alimentos para la población están contaminadas, haciéndolas inadecuadas para la consumo, impidiendo que se respete el derecho de todas las personas a no pasar hambre.


Las comunidades locales tienen derecho al desarrollo. El derecho al desarrollo es un derecho individuales y colectivos. Pertenece a todos los individuos ya todos los pueblos. El derecho a “El desarrollo es un derecho humano inalienable en virtud del cual toda persona humana y todos Los pueblos tienen derecho a participar, contribuir y disfrutar de los derechos económicos, sociales, cultural y político, en el que todos los derechos humanos y las libertades fundamentales puedan ser realizado plenamente (Artículo 1 Declaración sobre el Derecho al Desarrollo). El derecho a el desarrollo también debe llevarse a cabo de tal manera que satisfaga equitativamente las necesidades necesidades ambientales y de desarrollo de las generaciones presentes y futuras (Principio 3, Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo; Párrafo 11, Declaración y Programa de Acción de Viena). crecimiento económico, por ejemplo mediante el uso de mercurio en la minería, sin medidas adecuadas para promover un desarrollo inclusivo, equitativo, participativo y ambientalmente equilibrado es insostenible


Los pueblos indígenas han reconocido sus derechos sobre sus territorios tradicionales y a tener reparaciones por tierras que fueron tomadas y dañadas sin su libre, previa y informado. Las comunidades indígenas de la cuenca amazónica no consintieron la invasión ilegal de garimpeiros en sus territorios y lucha contra la destrucción causada por la minería. El uso de mercurio en la minería artesanal o en pequeña escala daña y contamina las tierras indígenas sin reparaciones a las comunidades afectadas. Las prácticas mineras en la Amazonía violan los derechos de los pueblos indígena del territorio.


Los pueblos indígenas tienen derecho a la protección de la relación entre sus valores culturales y espirituales y sus territorios. Los pueblos indígenas tienen derecho a proteger sus tierras sagradas y a conservar plantas medicinales, animales y minerales. Minería ilegal de oro artesanal y en pequeña escala está invadiendo territorios indígenas en la cuenca del Amazonas. Cuando se usa mercurio en la minería, destruye el ecosistema circundante. El mercurio contamina el suelo y el agua cerca de los sitios de minería, que contamina las plantas. Contaminación de tierras sagradas para comunidades pueblos indígenas y las plantas medicinales y tradicionales utilizadas por las comunidades indígenas viola los derechos culturales y espirituales de los pueblos indígenas.


El derecho a una vivienda adecuada, establecido en la Observación General No. 4 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales que establece que todas las personas gozan de protección contra desalojos forzosos y garantizar un entorno de vivienda digno, sin embargo, algunas comunidades Las comunidades indígenas y ribereñas sufren constantemente por la construcción de minas de oro cercanas a sus lugares de casa.

Las minas a cielo abierto sin ningún tipo de preocupación ambiental provocan una importante contaminación de los suelo, no sólo dejándolo infértil sino también infectando la flora y fauna local y cambiando su estructura geológica. En este sentido, las comunidades cercanas se ven directamente afectadas, no sólo por la daños al derecho a una vivienda adecuada, sino también con respecto al agua, la alimentación y la salud antes tratados

Según el Convenio 169 de la OIT, el Estado brasileño tiene la responsabilidad de imponer sanciones penales contra cualquier intrusión no autorizada en las tierras indígenas, para que el derecho a la vivienda sea plenamente respetada según la cosmovisión de estos pueblos.


El trabajador tiene derecho a ejercer su profesión en un lugar seguro, que garantice su protección, pero el uso de mercurio en la minería y otros procesos impide que se respete este derecho.

El mercurio se utiliza en la separación de partículas finas de oro mediante amalgamación y posterior separación gravimétrica. La amalgama separada se quema, generalmente al aire libre, liberando grandes cantidades de mercurio a la atmósfera, en este procedimiento es común que los trabajadores inhalen el sustancia, que causa graves daños a la salud del individuo. Durante el proceso, parte del mercurio se pierde en forma metálica en ríos y suelos, y otra, en forma de desechos contaminados, queda al aire libre en la mayoría de los sitios mineros. Además, en la purificación del oro, se sublima a altas temperaturas lo que da lugar a una grave contaminación del entorno de trabajo y de la atmósfera donde se realiza esta operación, proporcionando una fácil contaminación de los trabajadores y de la población que vive alrededor. LACERDA, L. D. Contaminación por mercurio en Brasil: fuentes industriales vs. Minería de oro. Departamento Geoquímica – Universidad Federal Fluminense – 24020-007 – Niterói – RJ. 1996, 197.

Convenio 170 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), conocido como Convenio sobre Productos Químicos, determina que los países deben indicar los peligros del uso de productos productos químicos para garantizar a los trabajadores el derecho a la información sobre los productos que utilizan, medida no sólo para proteger a los trabajadores contra los efectos nocivos de los productos químicos, sino también para proteger a la sociedad y al medio ambiente.

Corresponde a los Estados desarrollar los órganos de promoción y prevención de la salud y la salud de los trabajadores, que apuntan no sólo a garantizar sus derechos, sino también a identificar tempranamente consecuencias de la exposición a productos químicos, precisamente al Mercurio, considerado uno de los más metales tóxicos liberados al medio ambiente por la acción humana. Es obligación del Estado vigilar leyes y licencias ambientales que controlan el uso de esta sustancia, además de la implementación de alternativas al uso del mercurio y acciones gubernamentales, prácticas que benefician la economía, el ecosistema, los trabajadores y la sociedad en su conjunto.


Como hemos visto, todos los derechos enumerados en el Inventario anterior son derechos humanos protegidos en tratados Los tratados son obligaciones jurídicas asumidas por los Estados que se comprometen internacionalmente en la protección de los derechos de todas las personas que viven en este país. En Brasil, además de un compromiso internacional, los tratados, luego de ser aprobados por el Congreso Nacional y ratificados por la Presidencia de la República, pasan a formar parte del conjunto de normas jurídicas leyes nacionales, con una posición superior a la de las leyes o incluso con una posición igual a la de una enmienda constitucional.

Así, por tratarse de una obligación jurídica, cuando un Estado viola un derecho humano contenido en un tratado, puede ser considerada internacionalmente responsable, a través de la activación de los sistemas protección internacional de los derechos humanos.

Si el tratado es parte del sistema de las Naciones Unidas, la parte interesada puede solicitar a una de las órganos creados en cada tratado de derechos humanos cuya información se puede acceder haciendo clic aqui. Si el derecho violado está contenido en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el interesado podrá petición a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos cuya información se encuentra disponible aquí.

LEGISLACIÓN BRASILEÑA

RDC N° 145/2017 – ANVISA y RDC N° 173/2017 – ANVISA son dos resoluciones de ANVISA (Agência Vigilancia Sanitaria Nacional), el primero prohíbe en todo el territorio nacional la fabricación, importación y comercialización, así como el uso en servicios de salud, de termómetros (consultar temperatura corporal) y esfigmomanómetros (para medir la presión arterial) con una columna de mercurio, sin embargo la prohibición establecida en el caput del artículo primero de esta resolución no se aplica a los productos para investigación, para la calibración de instrumentos o para su uso como patrón de referencia. mientras que el segundo prohíbe en todo el territorio nacional la fabricación, importación y comercialización, así como el uso en servicios de salud, mercurio y polvo de aleación de amalgama sin encapsular indicado para uso en Odontología. El incumplimiento de las disposiciones contenidas en estas dos resoluciones constituye una vulneración salud, en los términos de la Ley N° 6.437, de 20 de agosto de 1977, sin perjuicio de las responsabilidades procedimientos civiles, administrativos y penales aplicables. Las dos resoluciones entraron en vigor el 1 de enero de 2019.

RDC N° 222/2018 – ANVISA es una resolución de ANVISA que regula las buenas prácticas en gestión de los residuos sanitarios. Esta Resolución se aplica a los generadores de residuos. de servicios de salud – RSS cuyas actividades involucran cualquier etapa de la gestión de RSS, ya sea públicos y privados, filantrópicos, civiles o militares, incluidos los que ejercen acciones de docencia e investigación. Todos los servicios cuyas actividades estén relacionadas con la atención a salud humana o animal, incluidos los servicios de atención domiciliaria; laboratorios analíticos de productos de salud; morgues, funerarias y servicios donde embalsamamiento (tanatopraxia y somatoconservación); servicios de medicina legal; farmacias y farmacias, incluidas las de manipulación; establecimientos de docencia e investigación en el área de la salud; centros de control de zoonosis; distribuidores de productos farmacéuticos, importadores, distribuidores de materiales y controles para diagnóstico in vitro; unidades de servicio móvil salud; servicios de acupuntura; servicios de piercings y tatuajes, salones de belleza y estética, entre otros relacionados. No se aplica a las fuentes radiactivas selladas, que deben seguir las determinaciones de Comisión Nacional de Energía Nuclear – CNEN, y a las industrias de productos bajo vigilancia sanitaria, que deberán observar las condiciones específicas de su licenciamiento ambiental. Según el Capítulo II, Arte. 4 y art. 5.º El plan de gestión de residuos de los servicios sanitarios de la RSS deberá contemplar todas las etapas de planificación de recursos físicos, recursos materiales y formación de recursos humanos involucrados. Todo servicio de generador debe contar con un Plan de Gestión de RSS (PGRSS), observando las normas federales, estatales, municipales o del Distrito Federal. LA Los PGRSS deben ser monitoreados y actualizados, de acuerdo con la frecuencia definida por el responsable de su elaboración y ejecución. El servicio generador de RSS mantendrá disponible una copia del PGRSS para consulta con agencias de vigilancia de la salud o del medio ambiente, empleados, pacientes o el público en general. El servicio generador de RSS se encarga de diseñar, desplegar, implementar y seguimiento del PGRSS. El diseño, implementación y seguimiento del PGRSS puede ser subcontratado Los RSS que contienen mercurio (Hg) en forma líquida deben envasarse en contenedores bajo un sello de agua y enviado para su recuperación o a otro destino que esté de acuerdo con el normas definidas por el organismo ambiental competente.

Resolución N° 396/2008 – CONAMA esta Resolución establece la clasificación y lineamientos ambientales para enmarcar, prevenir y controlar la contaminación de las aguas subterráneas, el agua que se produce natural o artificialmente bajo tierra. El agua subterránea se clasifica en: clase Especiales, clase 1, clase 2, clase 3, clase 4 y clase 5. 0. Agencias ambientales junto con los organismos de gestión de recursos hídricos deben promover la implementación de Áreas de Protección Hídrica Acuíferos y Perímetros de Protección de Pozos de Abastecimiento, con el objetivo de proteger la calidad de agua subterránea. Los órganos medioambientales, junto con los órganos de gestión de los recursos hídricos y salud, promoverá la implementación de Áreas de Restricción y Control del Uso del Agua Subterráneos, con carácter excepcional y temporal, cuando, en función de la calidad y cantidad de agua subterránea, existe la necesidad de restringir el uso o la extracción de agua para protección de los acuíferos, la salud humana y los ecosistemas. Los órganos de gestión de los recursos Los temas de agua, medio ambiente y salud deben articularse para definir las restricciones y Medidas de control del uso de aguas subterráneas. La clasificación de las aguas subterráneas se realizará en de conformidad con las normas y procedimientos definidos por el Consejo Nacional de Recursos Hídricos - CNRH y Consejos Estatales de Recursos Hídricos.

RESOLUCIÓN N° 401/2008 – CONAMA establece los límites máximos de plomo, cadmio y mercurio y la criterios y normas para la gestión ambientalmente racional de las baterías portátiles, de plomo-ácido, baterías automotrices e industriales y de pilas y baterías en sistemas electroquímicos de níquel-cadmio y óxido de mercurio, enumerados en los capítulos 85.06 y 85.07 de Nomenclatura Común Mercosur-NCM, comercializados en el territorio nacional. De esta manera el fabricantes nacionales e importadores de las pilas y baterías antes mencionadas y de los productos que contener debe estar inscrito en el Registro Técnico Federal de Potencialmente Contaminadores o usuarios de los Recursos Ambientales-CTF, de conformidad con el art. 17, fracción II, de la Ley No. 6938, del 31 de agosto de 1981; presente, anualmente, al Instituto Brasileño del Medio Ambiente y Recursos Naturales Renovables-Informe de composición físico-química del IBAMA, emitido por laboratorio acreditado por el Instituto Nacional de Metrología y Normalización-INMETRO; presente al cuerpo plan de gestión ambiental competente para pilas y baterías, que incluya el destino ambientalmente adecuado, de conformidad con esta Resolución. La transferencia de baterías de níquel-cadmio y óxido de mercurio puede llevarse a cabo directamente a los recicladores, siempre que tengan licencia para ello. No se permite la incineración y disposición final de estas baterías en ningún tipo de relleno sanitario. salud y deben eliminarse de manera ambientalmente adecuada. El control de incumplimiento de los requisitos previstos en esta resolución dará lugar a la obligación para el fabricante o importador de recogida de todos los lotes que no cumplan con esta norma. Fabricantes e importadores de productos objeto de esta Resolución deberán realizar estudios para sustituir las sustancias sustancias potencialmente peligrosas contenidas en el mismo o reducir su contenido a los valores más bajos viables tecnológicamente y el incumplimiento de las obligaciones previstas en esta Resolución sujetará al infractores a las penas previstas en la legislación vigente.

Ordenanza N° 685/1998 – Secretaría de Vigilancia Sanitaria del Ministerio de Salud establece la límites máximos de tolerancia para contaminantes inorgánicos: arsénico, cobre, estaño, plomo, cadmio y mercurio, niveles máximos de contaminantes (micotoxinas, contaminantes residuos inorgánicos, residuos de plaguicidas, medicamentos de uso veterinario y envases y embalajes migrantes equipos en contacto con alimentos). En el caso del mercurio, el límite máximo es para pescados y productos peces (excepto depredadores) 0,5 mg/kg y peces depredadores 1,0 mg/kg. En el caso de productos no alimentarios contemplados en este Reglamento, los límites máximos de tolerancia para contaminantes inorgánicos ya previstos en la legislación nacional.

Decreto N° 97.507/1989 - Presidencia de la República dispone sobre licencia de actividad minera, el uso de mercurio metálico y cianuro en las áreas de extracción de oro, y dicta otras disposiciones. A actividades, individuales o colectivas, que realicen extracción de minerales en yacimientos de coluvio, eluvio o aluviones, en los alveos (placeres) de los cursos de agua o en los bancos reservados, así como en los depósitos campos secundarios, mesetas, laderas y cimas de colinas utilizando equipos tales como dragas, molinos, balsas, pares de bombas (chupadeiras), caños (“serpiente humeante”) y cualquier otro equipo que presentes afinidades, deben estar autorizados por el organismo ambiental competente. Párrafo unico. El organismo ambiental competente fijará un plazo para solicitar licencia de actividades en operación. Se prohíbe el uso de mercurio en la actividad de extracción de oro, excepto en autorizado por el organismo ambiental competente. Las actividades descritas en el Artículo 1 de este Decreto, en las fuentes de abastecimiento público y sus afluentes y en otras áreas ecológicamente sensibles, a criterio del organismo ambiental competente. Está prohibido utilizar el proceso. de cianuración en las actividades descritas en el artículo 1, salvaguardando la licencia de la agencia ambiental competente. La creación de reservas de garimpeiro debe estar sujeta a licencia previa ante el organismo ambiental competente. El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto sujetará al infractor a la interdicción inmediata de la actividad, además de las sanciones previstas en la legislación vigente.

Decreto N° 97.634, del 10 de abril de 1989, establece el control de la producción y comercialización sustancia que supone un riesgo para la vida, la calidad de vida y el medio ambiente, y da otros preparativos. Corresponderá al Instituto Brasileño de Medio Ambiente y Recursos Naturales Renovables, registrará a los importadores, productores y comercializadores de mercurio metálico, y este registro se hará a través de la solicitud de los interesados, y es condición necesaria para el ejercicio de tus actividades. Los importadores de mercurio metálico deben, previo a la solicitud de importación, notificar al Instituto Brasileño de Medio Ambiente y Recursos Naturales Renovables sobre cada lote a importar y el Instituto Brasileño de Medio Ambiente y Recursos Naturales Renovables instruirá sobre las condiciones de inscripción, el formulario de notificación y el documento de operación con mercurio metálico.

La Instrucción Normativa IBAMA N° 08, del 8 de mayo de 2015, crea el Registro Técnico Federal de Actividades Potencialmente Contaminantes y Usuarios de Recursos Ambientales (CTF/APP) y el Formularios de informes de mercurio metálico como instrumentos de control para la producción, comercialización y el procedimiento para solicitar la importación de mercurio metálico por parte de personas físicos o legales. La importación y producción de mercurio metálico está sujeta a registro del importador en el CTF/APP y Para cada operación de importación, el importador de mercurio metálico deberá, previo al embarque, solicitar el consentimiento de la Licencia de Importación, en la página oficial del IBAMA en la World Wide Web – Internet.

¿ES MI EMPRESA RESPONSABLE?

Responsabilidades generales de las empresas en relación con los derechos humanos



En nuestro sistema económico capitalista, a menudo tenemos la idea de que el desarrollo es mejor que la preservación del medio ambiente. Sin embargo, debemos recordar que el derecho al medio ambiente el equilibrio es un derecho humano fundamental para todos nosotros.

Los Estados tienen el deber de garantizar este derecho y, asimismo, las entidades empresariales tienen la responsabilidad de respetar los derechos humanos afectados por sus operaciones comerciales

Esta obligación está reconocida en los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos. Derechos Humanos, estableciendo que las empresas deben buscar prevenir o reducir los impactos adversos a derechos humanos que están directamente relacionados con sus operaciones comerciales.

Ejemplo: Las operaciones de los mineros mineros artesanales y de pequeña escala y su cadena de suministro suministrar.

Una entidad comercial que está en la cadena de suministro de oro de Brasil debe evitar el abuso de derechos humanos causados ​​por el mercurio utilizado en las prácticas mineras para extraer este oro, ya que tal acción puede afectar el derecho a la salud de varias maneras.

En la misma línea, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ha enfatizado que los Estados deben proteger contra la polución o la contaminación por parte de empresas privadas y evaluar su impacto en el medio ambiente entorno.

Brasil es signatario del Convenio de Minamata y tiene el deber de desarrollar un plan de acción país, para 2022, que implemente leyes y políticas que fomenten la responsable en el sector privado.

Este plan de acción puede crear incentivos económicos para que los inversores en oro garanticen que están apoyando prácticas sostenibles de oro, haciéndolo económicamente ventajoso para inversionistas internacionales aseguran que no están participando en el comercio de oro con mercurio.

Otros estados que han desarrollado planes de acción nacionales han requerido que el sector privado invierta en oro de fuentes sostenibles e implementamos programas de certificación de oro. tomando estos provisiones como un ejemplo, también se puede aplicar en Brasil y entidades comerciales si se beneficiará económicamente al invertir en oro sostenible en el país.

Por el contrario, las entidades comerciales que invierten en oro a base de mercurio pueden estar restringido por Brasil.

De esta manera, las entidades comerciales pueden ser legalmente responsabilizadas por el Estado de Brasil por violaciones a los derechos humanos causadas por sus operaciones comerciales. En el mismo sentido, la Los Estados están obligados a proporcionar recursos judiciales, administrativos o legislativos por abusos de derechos humanos relacionados con las empresas, responsabilizando a las entidades empresariales que invertir en prácticas de minería de mercurio nocivas para los derechos humanos violados por estos prácticas.



Pero, ¿por qué mi empresa es responsable de todos modos?



¿Por qué mi empresa tiene que dejar de usar mercurio en su escala de producción?

Hay varios estudios que demuestran cómo el uso de mercurio puede ser perjudicial para todos seres vivos, desde la escala de producción hasta los impactos negativos en la sociedad. Justo debajo de ti puede leer argumentos sobre y en qué documentos están regulados internacionalmente.

Sobre la economía
    El mercurio no es económicamente sostenible.
  1. El derecho al desarrollo debe cumplirse para satisfacer equitativamente los desarrollo y necesidades ambientales de las generaciones presentes y futuras - el párrafo 11 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo; Principio 3 de la Declaración y Programa de Acción de Viena

  2. La minería aurífera, que suele utilizar mercurio en sus actividades, está privando comunidades locales para el desarrollo económico.
  3. El derecho al desarrollo es un derecho humano inalienable en virtud del cual todo persona humana y todos los pueblos tienen derecho a participar, contribuir y disfrutar del desarrollo económico, social, cultural y político, en el que todos los derechos humanos derechos y libertades fundamentales pueden ser plenamente realizados - Artículo 1 de la Declaración del Derecho al Desarrollo;

  4. Debe haber una participación activa, libre y significativa de los individuos y las poblaciones en la desarrollo - Artículo 2 de la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo y Artículo 25 Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales – PIDESC;

  5. Las empresas tienen la responsabilidad de respetar todos los derechos humanos, y esto incluye el derecho al desarrollo – en consonancia con los Principios Rectores sobre las Empresas y derechos humanos;

  6. Si las empresas no respetan el derecho al desarrollo, la obligación general de Estados de respetar, proteger y hacer efectivos los derechos humanos, que se aplica a todos derechos humanos, incluirá el derecho al desarrollo. La obligación de proteger implica que el Estado debe proteger a las personas y grupos contra las violaciones de sus derechos humanos por terceros, de conformidad con la Declaración sobre el derecho al desarrollo;

Acerca de la legislación
    Las empresas tienen la responsabilidad de respetar los derechos humanos
  1. Deberá tratar de prevenir o mitigar los impactos negativos sobre los derechos humanos causados ​​por por el mercurio que están directamente vinculados a sus operaciones por sus relaciones negocio, aunque no hayan contribuido a los impactos - Punto 13 de los Principios Asesores en Empresas y Derechos Humanos;

  2. Las relaciones comerciales incluyen operaciones mineras artesanales y de pequeña escala. escala en su cadena de valor que tienen impactos adversos en los derechos humanos - el Punto 13 de los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos;

  3. Los Estados están obligados a proporcionar recursos judiciales, administrativos o legislativos para abusos de los derechos humanos relacionados con las empresas resultantes de la exposición al mercurio – Puntos 25 y 27 de los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos
  4. En 2019, Brasil declaró que la minería artesanal y de pequeña escala y sus procesamiento en su territorio es más que insignificante y por lo tanto debe desarrollar un plan de acción nacional hasta 2022 - Artículo 7 del Convenio de Minamata;
  5. Los planes de acción nacionales en el marco del Convenio de Minamata deberían fomentar la inversión sector privado socialmente responsable a través de la implementación de leyes y políticas, inclusivo

    1. Requerir la implicación y participación del sector privado, incluida la financiación de operaciones responsables, según lo previsto en el Plan Nacional de Acción de la Ecuador;

    2. Implementación del proceso de certificación de oro de fuentes sostenibles, como está previsto en el Plan Nacional de Acción de Ecuador;

    3. Ofrecer incentivos fiscales a empresas mineras a escala industrial y inversionistas que apoyan la minería artesanal y de pequeña escala en un sostenible, según el Programa de Orientación Ambiental de las Naciones Unidas del Plan Nacional de Acción;

    4. Iniciativa de diligencia debida que requiere que los compradores de oro traten de obtener oro de proveedores que cumplan con las leyes y requisitos de producción, de acuerdo con con la Orientación del Plan de Acción del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente Nacional;

Sobre a saúde
    O uso do mercúrio na mineração causa efeitos adversos à saúde, especialmente a grupos vulneráveis e marginalizados, tais como povos indígenas, mulheres e crianças;
  1. O Direito à Saúde também inclui um requisito de não discriminação especialmente para os setores mais vulneráveis, ou marginalizados da população, tais como minorias étnicas e populações indígenas, mulheres, crianças..." - Artigo 12.b.ii do Pacto Internacional dos Direitos Econômicos, Sociais e Culturais – ICESCR;

  2. O mercúrio contamina a água e os peixes na bacia amazônica. Os Estados têm a obrigação de garantir água e alimentos seguros e potáveis a seus cidadãos.
  3. O direito à saúde é um direito inclusivo que se estende não apenas aos cuidados de saúde oportunos e apropriados, mas também aos determinantes subjacentes da saúde, tais como acesso a água potável e segura e saneamento adequado, um fornecimento adequado de alimentos seguros, nutrição, conforme o Comentário Geral nº 14 do Comitê de Direitos Econômicos, Sociais e Culturais: O direito ao mais alto padrão de saúde atingível;

  4. Espera-se que as Partes da Convenção reúnam dados sobre saúde, treinem trabalhadores da área de saúde e aumentem a conscientização através de instalações de saúde como parte da estratégia de saúde pública, como proposto no Anexo C - Mineração de ouro artesanal e em pequena escala da Convenção de Minamata;
  5. Tais estratégias também servirão para implementar um requisito adicional do Artigo 7 para incluir, em planos de ação nacionais, estratégias para evitar a exposição de populações vulneráveis, particularmente crianças e mulheres em idade fértil, especialmente mulheres grávidas, ao mercúrio utilizado na mineração artesanal e de pequena escala.

Sobre el medio ambiente
    El uso de mercurio en la minería viola el derecho a disfrutar de un ambiente seguro, limpio y saludables y sostenibles, según el Informe del Relator Especial de la ONU sobre el tema derechos humanos relacionados con el disfrute de un medio ambiente seguro, limpio, saludable y sostenible;
  1. Esto incluye el derecho a vivir, trabajar, estudiar y jugar en un ambiente no tóxico, en línea con las Buenas Prácticas de la ONU sobre el Derecho a un Medio Ambiente Saludable;

  2. Brasil ha reconocido e incorporado el derecho en su legislación nacional, de conformidad con la Buenas prácticas de la ONU sobre el derecho a un medio ambiente saludable;

  3. Las empresas tienen el deber de defender el derecho a un medio ambiente sano
  4. Las empresas deben cumplir con las leyes ambientales aplicables y emitir políticas que cumplan con los su responsabilidad de respetar los derechos humanos a través de la protección del medio ambiente. También deben producir declaraciones de impacto sobre los derechos humanos que incluyan la identificación, prevención y mitigación de impactos ambientales en los derechos humanos humanos, según el informe del Relator Especial de la ONU sobre el tema de derechos humanos relacionados con el disfrute de un medio ambiente seguro, limpio, saludable y sostenible;

  5. El sector privado debe apoyar la promoción y facilitación de alternativas ambientalmente racionales. correcto para el mercurio, según lo dispuesto en el artículo 14 del Convenio de Minamata;
Sobre los derechos indígenas
    El uso de mercurio en la minería artesanal y de pequeña escala viola los derechos de los pueblos indígenas de la tierra, incluyendo:
  1. Derecho a proteger y conservar el medio ambiente de los territorios que habitan, a según el artículo 7 del Convenio n.º 169 de la OIT;

  2. Derecho a la propiedad y posesión de la tierra y compensación por la tierra que ha sido tomada sin su consentimiento libre, previo e informado, de conformidad con el artículo 14 de la Convención de la OIT No. 169, Artículos 26 y 28 de la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas – UNDRIP;

  3. Derecho a poseer, usar y desarrollar los recursos naturales de sus tierras y a disponer de sus riquezas y recursos naturales, de conformidad con el artículo 1 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales;

  4. El uso de mercurio en la minería artesanal y en pequeña escala viola los derechos culturales, derechos espirituales y religiosos de los pueblos indígenas, incluidos
  5. Respeta la importancia de la relación entre tus valores culturales y espirituales y tu tierras o territorios, de conformidad con el artículo 13 del Convenio núm. 169 de la OIT, y reparar los bienes culturales, religiosos y espirituales tomados sin su permiso, de acuerdo con el art. XIII de la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos pueblos indígenas;

  6. Derecho a la protección de sus espacios sagrados de culto, de conformidad con el artículo XXXI de la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas;

  7. Derecho a la protección de plantas, animales y minerales tradicionales utilizados, de conformidad con el artículo XXV de la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas;

  8. Invertir en oro a base de mercurio viola el requisito de las Normas de Desempeño del Oro. Corporaciones Financieras Internacionales (CFI).
  9. IFC requiere que sus clientes apliquen Normas de Desempeño para gestionar los impactos aspectos ambientales y sociales de las oportunidades de desarrollo;

  10. Los estándares de desempeño requieren que los clientes, bajo ciertas circunstancias, obtengan el consentimiento libre, previo e informado de las comunidades indígenas afectadas por proyectos de desarrollo, de acuerdo con el Estándar de Desempeño IFC No. 07;

RESPONSABILIDAD DE EMPRESAS EN BRASIL

En cuanto a los derechos humanos, la responsabilidad empresarial en Brasil está regulada por el Decreto No. 9.571, del 21 de noviembre de 2018, que dispone que se adopten los Lineamientos Nacionales voluntariamente por medianas y grandes empresas, incluidas las multinacionales que tienen actividades en Brasil, y por microempresas y pequeñas empresas de acuerdo a sus capacidades, según el arte 179 de la Constitución Federal. Las empresas que las implantan adquieren el sello de “Empresa y Derechos Humanos”, instituida por el Ministro de Estado para los Derechos Humanos, actualmente Ministra de Estado de la Mujer, la Familia y los Derechos Humanos.

OBLIGACIÓN DEL ESTADO DE PROTEGER LOS DERECHOS HUMANOS EN LAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES

Consiste en la vigilancia y protección de los derechos humanos a través de: la educación; políticas públicas para la formación de gerentes y administradores; transparencia y participación social; Implementación de políticas, normas e incentivos para que las empresas sigan una conducta acorde con el DH, tales como el requisito de publicar informes anuales, el fomento de la rendición de cuentas, un lugar para la presentación de denuncias, una prioridad para los sectores con alto impacto en derechos humanos (extractivas, retail, bienes de consumo, etc.).

Además, es necesario que el desarrollo de políticas públicas considere los impactos generados por la empresa y la cadena de suministro, a través de medidas para proteger empleados, especialmente aquellos que se encuentran en situación de vulnerabilidad, con herramientas para el diálogo entre administración pública, empresas y sociedad civil. Así, valorar la diversidad y inclusión, y el estímulo de la negociación permanente sobre las condiciones de trabajo y la resolución de conflictos, con el fin de evitar controversias, con la garantía del apoyo técnico prioritario de la Defensoría del Pueblo Público a los vulnerables.

¿CUÁLES SON LAS RESPONSABILIDADES DE LAS EMPRESAS?

Actuar de acuerdo con los principios de los derechos humanos protegidos a nivel nacional e internacional

¿Cómo?

Respetar los derechos humanos protegidos en los tratados internacionales de los que su Estado de constitución o control son firmantes y los derechos y garantías fundamentales previstos en el Constitución.

Seguimiento y difusión: a) de los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas; b) las Directrices para multinacionales de la Organización para la Cooperación Internacional y Desarrollo Económico; yc) los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo.

Educar a toda la estructura empresarial

¿De qué manera?

Implementando actividades educativas para sus empleados, directivos, colaboradores a través de la sensibilización y formación, con charlas, cursos, etc., para sus recursos humanos y colaboradores Además, es obligación de la empresa contar con un código de conducta, el cual debe ser por escrito y de acceso público, además de traer conocimiento de las normas y políticas que respetan el DH.

Respetar la diversidad y actuar de forma precautoria, preventiva y transparente

¿De qué manera?

No vulnerar los derechos de su fuerza laboral, sus clientes y comunidades, a través de la controlar los riesgos y abordar los impactos adversos sobre los derechos humanos con los que tienen alguna envolvimiento. Respetar la diversidad, enfatizando el compromiso de seguir las conductas y códigos que respetar los derechos humanos en las empresas, con acción directa e indirecta, tercerizadas, además de la empresas colaboradoras, etc., con posibles sanciones internas para quienes no respeten este compromiso.

Garantizar condiciones de trabajo dignas

¿De qué manera?

  1. A través de un ambiente productivo, con remuneración adecuada, en condiciones de libertad, equidad y seguridad, con iniciativas para garantizar un ambiente de trabajo saludable y seguro, accesible para personas con discapacidad.

  2. Observando los derechos de sus colaboradores a asociarse libremente, a afiliarse sindicatos, negociación colectiva, etc.

  3. No tener relaciones con empresas o personas que violen los derechos humanos.

  4. Respetar los derechos de los niños, niñas y adolescentes, incluso en su trabajo y empresa comercial que mantiene un vínculo, acciones preventivas y correctivas contra la violación derechos de las minorías, como la erradicación del trabajo infantil y la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes, para evitar riesgos e impactos.

  5. Seguimiento a través de contratos firmados con sus proveedores, adoptando medidas de prevención y precaución, para evitar o minimizar impactos adversos, a lo largo de la cadena de producción de grupos empresariales.

Luchar contra las desigualdades sociales

¿Por qué medios?

  1. Igualdad de remuneración y beneficios para cargos y funciones con las mismas atribuciones, independientemente del género, orientación sexual, étnico-racial, origen, generacional, religión, apariencia física y discapacidad de sus empleados;

  2. Adopción de objetivos porcentuales crecientes para la cobertura de vacantes y promoción jerárquica para estas personas, aunque sean necesarios cursos y formación específicos;

  3. Garantizar el acceso de los jóvenes a la formación para el trabajo en condiciones adecuadas;

  4. Respeto a los derechos de las personas mayores, personas con discapacidad, colectivos poblaciones que tenían dificultades para acceder al empleo debido a prácticas discriminatorio, de la mujer, de la población lesbiana, gay, bisexual, travesti, transexuales o transgénero, asegurando el acceso y la empleabilidad;

  5. Realización de los derechos sociales, económicos y culturales de las comunidades y pueblos locales tradiciones, respetando la identidad social y cultural y la fuente de subsistencia, a través de Consulta previa y diálogo constante.

Identificación de violaciones de derechos humanos

A través de:

  1. Desarrollo e implementación periódica de procedimientos de reevaluación en términos de derechos humanos con el objetivo de identificar, prevenir, mitigar y reportar el riesgo, del impacto y vulneración derivados de sus actividades, operaciones y relaciones comerciales a lo largo de la cadena productiva;

  2. Reparación de las consecuencias negativas sobre los derechos humanos que causen o tengan contribuido a provocar;

  3. Rendición de cuentas y medios de prevención y reparación claros, transparentes y justos, con la la debida divulgación pública a los proveedores de las normas de derechos humanos a las que se adhieren sujetos para que haya control por parte de los trabajadores y la sociedad civil, con excepción de confidencialidad comercial.

  4. Siempre que sea posible, la participación de los interesados, en particular los individuos y comunidades potencialmente afectadas por las actividades, en el proceso de diligencia, desde el evaluación de impactos a la rendición de cuentas de las medidas que se adopten, incluyendo la proceso de decisión sobre cuáles y cómo se ejecutarán;

  5. Empresas con muchas entidades en su esfera de influencia, lo que dificulta su fiscalización cada entidad, debe priorizar las áreas más sujetas a riesgos de consecuencias negativas sobre derechos humanos

Establecer mecanismos operativos de denuncia y denuncia

¿Cómo?

  1. Establecer mecanismos de denuncia, investigación y medidas correctivas, asegurando la confidencialidad y anonimato a los denunciantes de buena fe, asegurando la accesibilidad de estos instrumentos para empleados, proveedores, socios y la comunidad circundante, además de la transparencia, imparcialidad y capacidad para tratar cuestiones que impliquen amenazas a los derechos humanos con flujos de respuesta y plazos previamente establecidos y ampliamente publicitados;

  2. Implementar un sistema de gestión de riesgos por abusos a los derechos humanos, con énfasis en la salud y seguridad de los empleados, con la identificación de impactos negativos relacionado directa o indirectamente;

  3. Adoptar una política de comunicación, inspección y sanción dirigida a sus empleados;

  4. Difundir los canales de denuncia de atropellos a los derechos humanos internos y públicos, tales como Marque el 100 y el Centro de Atención a la Mujer;

  5. Adecuar la sociedad y sus filiales, controladas, controladas, socias y proveedores a las requisitos y prohibiciones legales en relación con la lucha contra la corrupción, comportamiento poco ético y acoso moral;

  6. Fomentar una cultura de ética y respeto a la ley, con énfasis en la equidad de la la contratación pública;

  7. Crear y mantener un programa de integridad corporativa con una instancia responsable dotado de autonomía, imparcialidad, recursos materiales, humanos y financieros, con posibilidad de acceso directo al más alto nivel de decisión de la empresa y con atribución de revisar el programa periódicamente;

  8. Establecer el control interno y la aplicabilidad del programa de integridad con informes y publicaciones frecuentes de estados financieros;

  9. Instituir procesos internos para investigar denuncias de comportamiento poco ético, en que los hechos sean verificados con credibilidad y que los culpables sean debidamente responsable, amonestación y despido aceptados;

  10. Publicar anualmente las acciones realizadas para promover la integridad y el control de corrupción.

Garantizar la transparencia activa

¿A través de?

  1. Divulgación de información relevante y documentos accesibles a las partes interesadas, no sólo en lo que respecta a los mecanismos de protección de derechos y de prevención, sino también en lo que respecta a formas de reparar las violaciones de derechos en la cadena productiva.

  2. Divulgación de información anual sobre las actuaciones sociales realizadas, en especial sobre la auditoría interna y el sistema de gestión de riesgos, y el cumplimiento de las normas de protección de derechos, normas para prevenir y reparar posibles violaciones de derechos.

  3. Conocimiento de los empleados sobre las políticas de la empresa para garantizar el acceso a información y desempeño completo en el proceso de producción, sin fallas que resulten en lesiones.

  4. Transparencia activa con los consumidores, con acceso rápido y efectivo, sin costos ni cargos información innecesaria sobre la compatibilidad de las actividades comerciales, del proceso de producción o prestación de servicios con derechos humanos.

Adopción de iniciativas para la sostenibilidad ambiental

¿De qué manera?

  1. Conocer los impactos ambientales causados ​​por sus actividades, sus productos y sus servicios, divulgando esta información de forma transparente, especialmente a grupos impactado directamente;

  2. Evitar daños y causar un menor impacto sobre los recursos naturales y utilizar, de forma sostenibilidad, recursos materiales, medidas vinculadas a los Objetivos de Desarrollo Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, mediante el uso de bienes y servicios que no generen residuos, polución o contaminación o que generen la menor cantidad posible, y gestión de residuos sólidos sea socialmente inclusiva y participativa, con el objetivo de no generación, reducción, reutilización, reciclaje, tratamiento y disposición final;

  3. Sustituir los materiales generadores de residuos más agresivos con la naturaleza por aquellos que son más adecuadas ambientalmente, priorizando lo biosostenible de origen local, en una producción más eficiente, con el objetivo de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.

  4. Fomentar las fuentes de energía limpia para reducir el consumo eléctrico, el uso de productos reciclables o productos que tengan mayor vida útil y menor costo de mantenimiento del bien o trabajo, el aprovechamiento sostenible de las potencialidades locales y regionales, y el diálogo permanentemente con las comunidades.

ACCESO A MECANISMOS DE REPARACIÓN Y REMEDIACIÓN PARA QUIENES TIENEN SUS DERECHOS AFECTADOS

El Estado debe mantener mecanismos judiciales y extrajudiciales de denuncia y reparación en conjunto con los Poder Judicial y otros actores, proponiendo soluciones concretas para que el sistema estatal de reparación legítima, accesible, previsible, equitativa, transparente y participativa. también incentivar a las empresas a contar con mecanismos internos de escucha y reporte con un flujo y plazo de respuestas preestablecidas y ampliamente difundidas, en un lenguaje claro, para que las personas puedan exigir sus derechos. Además de incentivar la adopción por parte de las empresas de compensaciones pecuniarias y no pecuniarias, disculpas públicas, restitución de derechos y garantías de no repetición. Otro Una medida fundamental es el fortalecimiento de las acciones de inspección por la vulneración de los derechos laborales y temas ambientales, con la consiguiente priorización de procesos judiciales relacionados con desastres aspectos ambientales y sociales derivados de la actividad empresarial, en cumplimiento de las directrices y instrumentos de la Oficina de las Naciones Unidas para la Reducción del Riesgo de Desastres.

APLICACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LAS DIRECTRICES

Según Decreto N° 9.571, de 21 de noviembre de 2018, el Ministerio de Derechos Humanos, actualmente Ministerio de la Mujer, la Familia y los Derechos Humanos, debe instituir la Seguimiento y Monitoreo de los Lineamientos Nacionales sobre Empresas y Derechos Humanos, con la atribuciones de preparar un plan de acción anual para implementar las Directrices; desarrollar estudios con la participación de los sectores empresarial, civil y académico con miras a proteger y promover el respeto a la derechos humanos por parte de las empresas; establecer indicadores cuantitativos y cualitativos para períodos de seguimiento, monitoreo y evaluación; recepción de quejas, informes y propuestas de la sociedad civil, entre otros.

ACTUALIZACIÓN POSTERIOR AL DECRETO

13 DE JUNIO DE 2019 – El Consejo Nacional de Derechos Humanos hace recomendaciones a la concesionaria Norte Energia, a la Ministerio de la Mujer, la Familia y los Derechos Humanos y el Ministerio Público Federal y el Defensoría Pública Federal en Altamira, por violaciones de derechos humanos en la región del Volta Grande do Xingú, Pará.

11 DE SEPTIEMBRE DE 2019 – El Ministerio de la Mujer, la Familia y los Derechos Humanos lanzó el Sello Empresa Amiga da Família con el objetivo de promover la reflexión sobre la adopción de prácticas de conciliación trabajo-familia por empresas públicas y privadas brasileñas.

1 DE NOVIEMBRE DE 2019 - La ministra Damares Alves habló en un evento que busca alianzas con empresarios para la implementación de políticas públicas de promoción de los derechos humanos defendiendo la necesidad de la participación de los sociedad civil.

18 DE DICIEMBRE DE 2019 – El Ministerio de la Mujer, la Familia y los Derechos Humanos otorga el Sello Empresa Amiga da Família a empresas que ya tienen las mejores iniciativas y aquellas que están comprometidas a adoptarlas.

12 DE MARZO DE 2020 – El Consejo Nacional de Derechos Humanos editó la Resolución nº 5 sobre Lineamientos Nacionales para una política pública de Derechos Humanos y Empresas.

PONEMOS EN ACCIÓN

Soporte técnico

En esta sección hemos incluido guías e informes que creemos serán de utilidad para ayudar a los mineros en pequeña escala a manejar el mercurio de una manera menos dañinas, además de instituciones que se preocupan por soluciones prácticas relacionados con el manejo del mercurio.

  1. planeta oro : Organización que trabaja para hacer pequeña la minería aurífera una escala más segura, limpia y rentable y eliminar el mercurio de cadena de suministro de oro producido por mineros artesanales y pequeña escala:

  2. Apoyar los esfuerzos para integrar la ASGM (acrónimo en inglés de minería artesanal y de pequeña escala) en la economía formal, en la sociedad y el sistema regulatorio;

  3. Introducir y facilitar el acceso a tecnologías libres de mercurio y mejores prácticas de ASGM;

  4. Facilitar el acceso de los mineros a las cadenas de suministro de oro formal, en sociedad con compradores de oro y usuarios industriales;

  5. Comandan una gama de modelos de acceso a la inversión y financiación para los pequeños mineros y sus comunidades;

  6. Criterios para Operaciones Ambiental y Socialmente Responsables : Guía con criterios para mineros artesanales y de pequeña escala para emprender esfuerzos para evitar, minimizar, mitigar y, cuando apropiado, compensar los impactos adversos causados ​​por el uso de la Mercurio. A pesar de ser una guía para los participantes del programa planetGold, su contenido es útil para todos aquellos que trabajan con mercurio directa o indirectamente ya que contienen medidas de seguridad y otra información que puede ser interesante.

  7. Código de mitigación de riesgos para la minería artesanal y de pequeña escala balanza dedicada al comercio formal Versión 2.0 CRAFT : Guía que pretende servir de herramienta a los mineros artesanales y pequeñas empresas validan su elegibilidad para vender y obtener minerales y metales obtenidos de acuerdo con las directrices internacionales y estándares de seguridad.

  8. Permitir el CLPI a través de estándares voluntarios : Informe con el objetivo de desarrollar una herramienta para ayudar a quienes trabaja directa o indirectamente con mercurio para monitorear y verificar que el proceso de minería se está implementando de manera responsable. Según la organización responsable del proyecto, la herramienta fue desarrollado con representantes de los Pueblos Indígenas que tienen experiencia con procesos de consulta comunitaria y libre consentimiento, una prioridad e informados, con el fin de establecer una estructura que integre la requerimientos de gestión de mejores prácticas con indicadores, procedimientos y protocolos construidos con y por los Pueblos Indígenas. Sitio web de la organización responsable: Equitable Origin | Home

  9. CETEM : Sitio web del Centro de Tecnología Mineral de Brasil con información que puede ser interesante como base de datos, repositorio con disponibilidad de producción técnica y científica, biblioteca con acervo cantidad significativa de publicaciones, periódicos y otros documentos especialmente en el área de tecnología de minerales, procesos mineros, tecnología metalúrgica y ambiental.

  10. Red de Solidaridad : Según la propia organización, su misión es reunir a actores de la suministro de varios productos básicos, incluido el oro, y ´´involucrándolos con soluciones innovadoras para mejorar la producción, garantizar la transición hacia una economía sostenible e inclusiva que maximizar el beneficio para todos´´. El sitio también tiene información sobre los daños causados ​​por el mal uso del mercurio, el ciclo de pobreza que muchos veces lo involucra y otra información.

  11. IBRAM - Instituto Brasileño de Minería : Según el Instituto, son una entidad nacional que representa a la empresas e instituciones que actúan en el sector minero en Brasil. Es una asociación privada, sin ánimo de lucro, cuyo objetivo es congregar, representar, promover y dar a conocer la industria minera Brasil, contribuyendo a su competitividad nacional y Internacional". El sitio cuenta con publicaciones tales como informes anuales, políticas públicas para la Industria Mineral y otra información importante.

  12. Página web de la Expedición Mercurio : Sitio web informativo e interactivo con una interfaz lúdica que contiene datos sobre el uso del mercurio, los efectos de la exposición a esta sustancia, recomendaciones etc Contacto: janeth.lazarte@undp.org

  13. Grupo de Trabajo Cero Mercurio : Según la organización, su trabajo tiene como objetivo “abogar y apoyar la adopción y la implementación de un instrumento legalmente vinculante que contenga obligaciones de eliminar cuando sea posible, y de lo contrario minimizar, oferta y comercio mundial de mercurio, demanda mundial de mercurio, la liberación antropogénica de mercurio al medio ambiente, y la exposición humana y de la vida silvestre al mercurio”. el sitio web del grupo tiene una variedad de información relevante, informes, publicaciones y datos sobre mercurio en productos como pilas, cosméticos, etc. Además de información sobre el uso de mercurio en diversos procesos industriales y de los impactos de esta sustancia en la naturaleza.

  14. Alianza por la Minería Responsable (ARM) : Según la organización, su trabajo es facilitar la “formación de mineros artesanales y de pequeña escala, su organización y la adopción de buenas prácticas, promoviendo entornos favorables para la inclusión de mineros artesanales y de pequeña escala en la economía formal. crear sistemas estándar para la producción y el comercio y apoyar la creación de cadenas suministro responsable”. El sitio web tiene varias características tales como boletines, reportajes, noticias e incluso servicios de consultoría, cadenas de centro de producción, certificación y formación.

  15. Junta de Joyería Responsable : Según la organización “El RJC Code of Practice (COP) es el estándar líder mundial en la industria responsable de la joyería y la relojería, con un enfoque en Ética empresarial y cadenas de suministro responsables. Nuestro Código cubre todos los minerales y metales primarios utilizados en la fabricación de joyas, incluido el oro”. El sitio web cuenta con consultoría empresarial. que buscan alinearse con los lineamientos de los derechos humanos, el derecho de los trabajo, salud y seguridad, así como otra información como informes.

  16. CIENCIA – Amazon Scientific Innovation Center: Dependiendo del Centro, su trabajo es generar conocimiento científico e integrar ese conocimiento desarrollar iniciativas de gestión ambiental para promover la desenvolvimiento sustentable. Aprovechar la ciencia y la sociedad para soluciones ambientales. La sección de mercurio del sitio tiene datos, información relevante, objetivos y métodos para reducir dolencias causadas por esta sustancia, además de investigaciones, notas técnicas, artículos y carteles científicos que traten directa o indirectamente el mercurio Contacto: fernanle@wfu.edu

  17. Grupo de Trabajo de Minería : Según la organización ´´La Mesa Minera aborda prácticas y políticas extractivas injustas e insostenibles a través de la lente de derechos de las comunidades locales y los pueblos indígenas y la capacidad de la carga de la tierra.

Materiales educativos

  1. Guía práctica: Mercurio en la Amazonía: salud y medio ambiente : Presenta información sobre el mercurio en la Amazonía, donde la sustancia se encuentra y cómo llega al cuerpo humano, cómo prevenir la exposición y las acciones a tomar si la contaminación que se produzca. Año: 2020. Autor: Clínica de Derechos Humanos y Derecho Ambiente de la Universidad del Estado de Amazonas.

  2. Cartilla: Mercurio en comunidades de la Amazonía colombiana : El folleto contiene información sobre el mercurio, sus propiedades sustancias químicas, características, efectos sobre la salud humana, su ciclo y trayectoria hasta llegar a la dieta básica de la población. Año: 2018. Autores: Parques Naturales Nacionales de Colombia; entorno minero; universidad de cartagena y la Fundación Gordon y Betty Moore.

  3. Historieta “Mercurio: el riesgo para la salud y la naturaleza“ : Historieta que de manera lúdica trae información sobre la contaminación por mercurio, sus efectos y riesgos en la salud humana, además de maneras de protegerse de esta sustancia. Traducido al inglés de Bahasa originales. Año: 2020 Autor: PlanetGold Indonesia.

  4. Carteles informativos sobre el uso del mercurio : Contiene una guía fácil de entender sobre el mercurio, su efectos en el cuerpo humano y formas de evitar la intoxicación, ya sea evitando algunos peces o usando equipo de seguridad. En ingles. Año: desconocido Autor: PlanetGold Guyana.

  5. Cartilla: Contaminación por mercurio y derechos humanos : Folleto con los impactos del mercurio en la salud humana y las implicaciones de su uso en los derechos humanos, con violaciones de los derechos a la vida, a la salud, alimentación, acceso a la información, trabajadores. año: no informado. Autores: BT y CIEL.

MERCURIO Y TU SALUD

¿Por qué debería preocuparnos la exposición al mercurio?

Esta sección proporciona información básica sobre la exposición al mercurio y cómo nos afecta, los síntomas que provoca y los colectivos más vulnerables a esta sustancia. ¡¡¡¡Continuemos!!!!

Como es sabido, aunque Mercurio está naturalmente presente en agua, tierra y aire, contacto continuo con la forma más tóxica de sustancia, el metilmercurio, puede causar serios problemas de salud, conducir a la muerte.



Como exposición continua al metilmercurio a través del consumo de alimentos contaminado afecta al cuerpo humano?

  1. Alteraciones y retraso en el crecimiento intelectual y físico de los niños, alteración de los sentidos, mareos, vómitos y dolores de cabeza.

  2. Problemas de visión.

  3. Presión arterial alta, enfermedades del corazón, infarto de miocardio, obstrucción de las arterias.

  4. Cambios en el desarrollo fetal en mujeres embarazadas.

  5. Sensación alterada en pies y manos (“como si estuvieras en guantes").

  6. Sensación de hormigueo.

  7. Dificultad para hablar.

  8. Pérdida de audición.

Otros daños por exposición al mercurio en el cuerpo humano

  1. La inhalación de vapor de mercurio daña los pulmones, causando dificultad para respirar y puede llegar al sistema sanguíneo.

  2. El mercurio puede disminuir las defensas del cuerpo contra otras enfermedades.

  3. Causa la pérdida de la capacidad de controlar voluntariamente el movimiento. músculos.

  4. Temblores anormales, pérdida de apetito y de peso.

  5. Salivación excesiva.

  6. Daño a los riñones y al hígado.

Es importante dejar claro que los síntomas de intoxicación a veces tardan años manifestarse, lo que sólo debería hacernos más alertas a la Precauciones y precauciones en el manejo o contacto con esta sustancia. Qué precauciones a tomar?

  1. Vigile el embalaje del producto y controle la presencia de Mercurio, y si contiene la sustancia, informar a la ANVISA;

  2. Eliminación correcta de pilas, pilas y bombillas y en ningún caso desechar los productos con mercurio en basureros comunes;

  3. Seguir una dieta con menos pescado “que comen otros peces”. Los peces con menor contenido de mercurio son: Acará-Açu, Aracu, Sardinha, Jaraqui, Aruanã, Matrinxã, Pacú y Tambaqui.

  4. Introduzca más frutas y verduras en su dieta;

  5. Practicar ejercicios físicos;

  6. Y si el manejo de Mercurio es inevitable, hazlo con medidas de seguridad. seguridad, usando máscaras, guantes y ropa protectora.

  7. No quemar ni deforestar. Los árboles eliminan el mercurio del aire atrapándolo en las hojas, así que cuando se quema un árbol, todo eso El mercurio se libera de nuevo en el aire que posteriormente caerá con el lluvia en los ríos, contaminando los peces.

Grupos más vulnerables

  1. Prospectores

    Los garimpeiros son el grupo más expuesto a daños por exposición a Mercurio, ya que tienen contacto directo con la sustancia ya sea a través de extracción como purificando oro, manipulando mercurio o inhalando su vapor.

    Estos trabajadores están sujetos a condiciones de trabajo precarias, sin haber respetado sus derechos a la salud, pago de derechos derechos laborales o seguridad en el ambiente de trabajo, derechos en general regulados por normas nacionales destinados a operaciones a gran escala escala, dejando a los trabajadores artesanales y de pequeña escala a merced de trabajo informal y todos los males resultantes de la exposición a Mercurio.

  2. Mujeres en edad fértil, embarazadas o en período de lactancia.

    Las mujeres en edad fértil, que estén embarazadas o amamantando, deben tomar precauciones costos adicionales ya que Mercurio puede pasar al feto a través del placenta y lactancia, incluso meses después del nacimiento. exposición de la madre. El sistema nervioso del feto en desarrollo es más sensible a la sustancia tóxica, pensamiento cognitivo, memoria, atención son algunas de las habilidades que pueden verse afectadas en los niños que estuvieron expuestos al mercurio en la etapa fetal.

  3. Niños menores de 6 años.

    Los niños menores de 6 años necesitan más protección contra ingestión de metilmercurio debido a su efecto acumulativo y daños irreversibles que afectan a las generaciones actuales y futuras. Incluyendo este grupo es visto como un grupo doblemente vulnerable ya que en la minería También se da la explotación del trabajo infantil, colocando a estos niños en contacto directo con Mercurio.

  4. Pueblos Indígenas y comunidades ribereñas tradicionales.

    Los Pueblos Indígenas y las comunidades ribereñas tradicionales merecen atención especialmente en la región amazónica, ya que su base alimentos son los peces, animales en la parte superior de la cadena alimenticia con el mayor concentración de metilmercurio que termina siendo absorbido por que se alimenta de estos peces contaminados.

Mercúrio